Karlos Santamaria eta haren idazlanak

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La tortura

 

El Diario Vasco, 1980-12-28

 

      Se ha discutido mucho sobre las relaciones entre la Moral y el Derecho y es muy poco probable que los teóricos de la filosofía jurídica se pongan jamás de acuerdo sobre esta cuestión de principio. El Derecho —por supuesto— no se identifica con la Moral; pero resulta muy difícil —o completamente imposible— aceptar la idea de que no tenga nada que ver con ella. En todo caso una razonable y esencial distinción se nos impone entre lo que es legal, es decir, conforme a la Ley, y lo que es legítimo, es decir, conforme a la ética. Lo legal puede no ser legítimo. Lo legítimo puede no ser legal.

      Cuando la Declaración Universal de los Derechos del hombre dice que «nadie será sometido a tortura, ni a penas o tratamientos crueles o degradantes» ¿qué valor práctico, qué fuerza de eficacia, tiene esa afirmación? Poca o muy poca, por desgracia.

      Sigue habiendo personas de autoridad que, más o menos sinuosamente, mantienen la tesis de que, en determinadas circunstancias, y sobre todo para combatir el terrorismo, la tortura, aunque sea ilegal, puede ser legítima. ¿Qué quiso decir Fraga cuando afirmó que el terrorismo debe ser combatido «por todos los medios», enfatizando luego sobre esta misma expresión?

      Muchísimo más claro lo fue el general Massu, quien en una obra publicada en 1971 («La vraie Bataille d'Alger» pags. 163 a 170) reconoció paladínamente el hecho de que en Argelia se había utilizado profusamente la tortura con el conocimiento y autorización del propio general.

      Es importante hacer notar que la civilización llamada cristiana tardó muchos siglos en percibir la radical inmoralidad de la tortura y que la misma iglesia la aplicó, para el descubrimiento y persecución de los herejes.

      A partir del humanismo renacentista surgieron ciertamente críticas; pero lo fueron casi exclusivamente desde el punto de vista de la eficacia del método. Así, La Bruyère decía que el empleo de la tortura en las causas judiciales y policiales había servido mucho más para llevar inocentes al cadalso que para descubrir verdaderos culpables. También aquí y ahora habría que decir algo de esto, porque la tortura, durante largo tiempo empleada sin posible protesta, además de ser ilegal e ilegítima, lo ha ido envenenando todo, aun en los casos en que haya podido ser simple presunción.

      Pero ¿cómo descubrir y probar la verdad de los hechos si todas las medidas están tomadas para que estos permanezcan secretos y las mismas leyes crean un vacío de juridicidad dentro del cual puede ocurrir cualquier cosa?

      Hace muchos años que mi amigo Jean Rolin, en un libro titulado «Drogues de Police», en el que también trataba, en términos generales, la cuestión de la tortura, señalaba como causa principal de este mal «la independencia de la policía respecto de la administración judicial». Si en ciertos «secretos despachos y oscuras bodegas» se puede torturar es «porque muchas veces los agentes inferiores ni siquiera tienen que rendir cuenta a los jueces, sino sólo a jefes y a hombres políticos partidarios de los mismos procedimientos».

      Recuerdo también tristemente que, en los años cincuenta, al contarle yo a un señor obispo cierto hecho de tortura del que yo tenía conocimiento seguro y detallado, recibía esta mirífica respuesta: «No... Eso no es posible. Franco no puede hacer esas cosas».

      Ahora bien, la confianza en la honradez y honorabilidad de los funcionarios jamás será suficiente para garantizar la legalidad. La Moral funciona en lo íntimo de las conciencias y no puede ser juzgada. Pero en el terreno del derecho todo debe poder ser comprobado y objetivizado.

 

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